Para las Instituciones financieras: Aceptar estados financieros por contadores técnicos; Se ratifica el no exigir el visado y el papel de seguridad.
Aceptar balances generales o estados de ingresos y egresos formulados y firmados por contadores técnicos según los parámetros establecidos. Y se ratifica el contenido de la Circular SBIF-DSB-II-GGTE-GNP-16418 del 31 de agosto de 2007, que establece lo siguiente: no debe exigir el “Papel Único de Seguridad” y el visado en los documentos firmados por los a contadores públicos al solicitar los recaudos correspondientes para las gestiones de créditos.
- Superintendencia de las Instituciones del Sector bancario
- Fecha: 23 de abril de 2015
- Circular SIB-II-GGR-GNP-13056
Para las Instituciones financieras: No exigir el visado y papel de seguridad en los documentos firmados por los contadores públicos.
Las instituciones financieras deben considerar al solicitar los recaudos correspondientes para las gestiones de créditos, lo siguiente: las sentencias de anulación relativas al visado y al “Papel Único de Seguridad” en los documentos firmados por los contadores públicos.
- Superintendencia de las Instituciones del Sector bancario
- Fecha: 31 de agosto de 2007
- Circular SBIF-DSB-II-GGTE-GNP-16418
Me parece razonable que no se exija el papel de seguridad por las entidades financieras, en sustitución podrían pedir fotocopia de la inscripción en el colegio de contadores públicos respectivo y así el informe del contador podría ir redactado en papel en blanco. Creo que la federación podría autorizar a los colegios a visar en papel en blanco y cada colegio de contadores membretar un numero electrónico al momento de visar el informe en el colegio correspondiente. Esto es una sugerencia a considerar por la federación de colegios de contadores públicos.
Saludos Licdo. Manuel, gracias por su comentario, le invitamos ver esta entrada http://blog.solucioneslmv.com/reglamentos-del-nuevo-visado-de-la-fccpv-para-el-2018/