Providencia mediante la cual se dicta el Código de Cuentas y Normas de Contabilidad para Empresas de Medicina Prepagada.
Establece entre otras cosas:
Las empresas de medicina prepagada deberán entregar en formato impreso, ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, dentro de los 90 días siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico:
- Los estados financieros
- Informe de auditoría externa y la respectiva carta a la gerencia suscrito por un contador público en el ejercicio independiente de la profesión, inscrito en la Superintendencia de la Actividad Aseguradora
- Analísticos de los grupos de las cuentas: Activo, pasivo, Ingresos y Egresos, acompañado de los correspondientes Anexos Contables y estadísticos.
- Otros recaudos que se especifican en la Providencia.
Describe catálogo de cuentas y el contenido que debe contener cada una de ellas.
Superintendencia de la Actividad Aseguradora
Providencia: NºFSAA-2-00287
Vigencia: a partir de 15 de marzo de 2016
Publicado: 15 de marzo de 2016
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