La propiedad, planta y equipo (activos fijos), son los activos tangibles que tiene una entidad para ser usados en la generación de beneficios por periodos mayores a un año. Estos se deben depreciar, aunque algunos no por sus características, por ejemplo, los terrenos o aquellos que están en obras en proceso.
La depreciación es la distribución en forma sistemática del costo de un activo fijo entre su vida útil. (S.17.18). Esta definición es estrictamente contable y difiere del concepto económico que lo considera como un deterioro o pérdida de valor del bien por uso, desuso u obsolescencia.
Podemos decir que los elementos que participan para determinar la depreciación son el costo y la vida útil, entonces veamos que se entiende según la NIIF por ellos:
El Costo, este esta conformado por tres aspectos que pueden presentarse en su totalidad en un activo fijo o no: Primero por el precio de adquisición y sus costos relacionados con este; segundo, por costos imputables a la instalación; y tercero, los costos de desinstalación. (S.17.10)
La vida útil es el tiempo que se aspira usar el activo o el uso que se obtendrá al utilizarlo. Los elementos para determinar la vida útil deben ser todos los siguientes:
- Primero, por el uso del activo, la capacidad prevista del bien se puede obtener del fabricante o de las estimadas por la gerencia.
- Segundo, la existencia o no de políticas de mantenimiento del bien que garanticen el funcionamiento del activo.
- Tercero, los bienes o servicios que se obtenga del activo disponen de mercado que haga necesario su permanecería operativa.
- Y cuarto, limitaciones legales del activo. (S.17.21)
Podríamos resumirlo a las siguientes preguntas:
- ¿Cuánto tiempo aspira usar el activo la gerencia? ¿Cuál es la capacidad operativa ofrecida por el fabricante del activo?
- ¿Existen políticas de mantenimiento que garanticen el tiempo o el uso del activo que aspira utilizar la gerencia?
- ¿Los bienes o servicios que se obtenga del activo dispondrán de un mercado (dentro o fuera de la entidad), que haga necesario su permanecería operativa?
- ¿Existen restricciones legales de uso del activo en el futuro o a una fecha determinada?
La vida útil puede ser estimada por tiempo o en función al uso. Atendiendo al cual se la opción que se seleccione será el método de depreciación, si es por tiempo, están los métodos siguientes, línea recta y dígitos decrecientes, este último no permitido en Venezuela [1]. Si es por uso, unidades de producción. A continuación presentamos dos ejemplos aplicando dos métodos diferentes:
- Por línea recta: Un Vehículo tiene un costo de Bs.5.000 y una vida útil de 5 años. La depreciación del ejercicio será de Bs.1.000 (Bs.5.000 / 5 años).
- Por función del uso: Un Vehículo que tiene costo de Bs.5.000 y una vida útil de 300.000 kilómetros (Km).El Bs/Km es 0,016666 (Bs.5.000/300.000 Km). El recorrido del vehículo para el año fue de 25.000 Km, por lo tanto, la depreciación del ejercicio será de Bs.416,17 (0,016666 Bs/Km * 25.000Km).
¿Cuándo se inicia la depreciación de un activo?
«La depreciación de un activo comenzará cuando esté disponible para su uso, esto es, cuando se encuentre en la ubicación y en las condiciones necesarias para operar de la forma prevista por la gerencia.» (S.17.20).
Sea cual sea el método de depreciación el activo se comenzará a depreciar cuando esté disponible para su uso conforme a las condiciones que indique la gerencia. Por ejemplo, si una entidad compra un computador pero este no es instalado, aún está dentro de su empaque original, pues, no está disponible para su uso y no puede ser depreciado. Cuando cesa el uso del activo, no se podrá detener la depreciación. Cuando la vida útil sea por función al uso en este supuesto, pues, la deprecación será cero. (S.17.20)
Cambios de la vida útil y del valor residual
La NIIF PYMES permite cambiar el método, vida útil, valor residual y; deberá ser de acuerdo con los párrafos S.10.15 al S10.18. (S.17.23). Tener especial cuidado al respecto, en Venezuela cualquier cambio relativo a la depreciación debe ser aprobado previamente por la Administración Tributaria [2]
Reconocimiento en resultados y como activo
La depreciación es un costo que se reconoce como un gasto del ejercicio. Podrá ser parte del costo de un activo (inventario) en las entidades manufactureras (S.17.17)
La depreciación en entidades inactivas
La NIIF PYMES está supeditada a un supuesto, hipótesis de negocio en marcha. Si una entidad está inactiva y no aspira iniciar sus actividades en los próximos 12 meses no está sujeta al régimen contable NIIF PYMES. Esta norma establece:
«Cuando una entidad no prepare los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, revelará este hecho, junto con las hipótesis sobre las que han sido elaborados, así como las razones por las que la entidad no se considera como un negocio en marcha. » (S.3.9)
De esta forma queda a juicio de la entidad las premisas sobre las que la que debe elaborar los estados financieros, en otras palabras, está fuera del marco de aplicación de las NIIF PYMES, por tal razón, deja sin efecto toda obligación de cumplir el requerimiento de depreciar los activos fijos conforme a dicha norma.
Dentro del régimen del Impuesto Sobre la Renta se establece un supuesto, Reglamento artículo 56:
“La cantidad admisible como deducción por depreciación del ejercicio gravable es la cuota parte necesaria para ir recuperando el costo de tales activos durante el tiempo en que estén disponibles para ser usados en la producción del enriquecimiento (…)” (destacado nuestro)
Dentro lo antes expuesto, solo es posible recuperable el costo de un activo cuando existen ingresos, pudiendo deducir la cuota parte necesaria del costo atribuible de depreciación dentro del ejercicio. Cosa no posible en una entidad si operaciones, incurriendo en una perdida no razonable por mantener un costo asociado a un ingreso inexistente. Creemos que la depreciación sea cual sea el método en una entidad que es inactiva debe detenerse.
Los errores en las depreciaciones
Es muy común la existencia de errores en las estimaciones de las depreciaciones, por ejemplo, se depreció en el ejercicio de más o menos de lo establecido, creándose una subestimación sobrestimación de los activos fijos. Estos errores tienen la particularidad de solventarse con el tiempo, debido que al final de su vida útil este se corregirá. El contador debe darle una adecuada dimensión dentro del contexto de las cifras de la entidad. La sección 10, Políticas Contables, Estimaciones y Errores, párrafo 10.3 dice:
“Si esta NIIF trata específicamente una transacción u otro suceso o condición, una entidad aplicará esta NIIF. Sin embargo, la entidad no necesitará seguir un requerimiento de esta NIIF, si el efecto de hacerlo no fuera material.” (Destacado nuestro)
La pregunta que surge al leer este párrafo es ¿qué se entiende por material? Vemos que dice la norma en su párrafo 2.6:
“La información es material―y por ello es relevante―, si su omisión o su presentación errónea pueden influir en las decisiones económicas que los usuarios tomen a partir de los estados financieros. La materialidad (importancia relativa) depende de la cuantía de la partida o del error juzgados en las circunstancias particulares de la omisión o de la presentación errónea. Sin embargo, no es adecuado cometer, o dejar sin corregir, desviaciones no significativas de la NIIF para las PYMES, con el fin de conseguir una presentación particular de la situación financiera, del rendimiento financiero o de los flujos de efectivo de una entidad.” (Destacado nuestro)
Como se puede apreciar, la materializad tiene que ver con la capacidad de influir o no en las decisiones de los usuarios que tomen a partir de los estados financieros. Si el error no genera un posible cambio de las decisiones o ya no hay nada que decidir con esos estados financieros, la corrección no procede si el error pueda ser solventado con el tiempo.
Para aquellos errores que el tiempo no puede solventar, por ejemplo, la depreciación acumulada es mayor que el costo del activo, se debe actuar y corregir en los libros contables tal como lo indica el Código de Comercio, artículo 37, que reza así:
“Los errores y omisiones que se cometieron al formar un asiento se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se notare la falta.”
Para efectos de estados financieros, debe asumir los que indica la Sección 10, Políticas Contables, Estimaciones y Errores.
Leonardo Márquez V.
Fuentes:
[1] En Venezuela el uso de métodos de depreciación acelerada como dígitos decrecientes, no es permitida por la Ley de Impuesto Sobre la Renta, artículo 27 numeral 5. Artículo 57 y 61 del Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta
[2] Ver artículos 58, 59 y 61 del Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta
[3] NIIF PYMES 2009
Modificaciones:
14/01/2022: se modificó la definición de vida útil para hacerla mas precisa.
muy completo y de manera entendible muchas gracias!
EXCELENTE, MUCHAS GRACIAS!!!
Muy bueno despeje varias dudas Gracias
Saludos Lic. Freddy, nos alegra.
Información clara y resumida.
Muchísimas gracias.
Sigan adelante, éxitos.
Gracias por su comentario Lic. Angie
Muy Claro y preciso colega. Muchas gracias
Gracias
Excelente y preciso colega. Muchas gracias
Gracias