En Gaceta Oficial Nº 40.846 del 11/02/2016, fue publicado la Providencia Administrativa Nº SNAT/2016/0011, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta el Valor de la Unidad Tributaria (U.T.) de Bs. 150,00 a Bs. 177,00, por lo cual para efecto de cumplir con lo establecido en el Decreto 1.808 en materia de Retenciones de Impuesto Sobre la Renta, por pagos realizados por concepto de actividades distintas a sueldos, salarios y otras remuneraciones a:
Personas naturales residentes
- Cuando el pago por concepto de las actividades indicadas en el artículo 9, numerales 1 al 21 del Decreto de Retenciones de I.S.L.R. Nº 1808, supere la cantidad de Bs.14.750,01 y los porcentajes de retención sean 1% y 3% según sea el caso, al resultado del mismo (monto del pago multiplicado por el porcentaje), se le restará el sustraendo, la cantidad de Bs.147,50 y Bs.442,50 respectivamente y la diferencia será lo que se retenga en el momento del pago o abono en cuenta.
Personas jurídicas domiciliadas
- Cuando los porcentajes de retención sean del 1% y 2% según sea el caso, la retención se efectuará sobre pago o abono en cuenta.
- Cuando el pago por concepto de las actividades indicadas en el artículo 9 numerales 1 al 21 del Decreto de Retenciones de I.S.L.R Nº 1808, supere la cantidad de Bs.25,00 y los porcentajes de retención sean del 3% y 5% según sea el caso, procederá la retención.
Excelente información
Donde quedan las 3000UT de la exoneración para personas naturales 2015-2016
Saludos cordiales Lic. Rafael, le invitamos leer el siguiente artículo: http://blog.solucioneslmv.com/el-salario-de-los-trabajadores-y-el-islr-como-pagar-menos-impuesto/