Este Instrumento Referencial Nacional de Honorarios Mínimos, fue aprobado en el Directorio Extraordinario N° 10 de la FCCPV, celebrado en la ciudad de Caracas los días 17 de marzo de 2017, entrando en vigencia el 03 de febrero de 2018.
La Junta Directiva de los Colegios de Contadores Públicos Federados serán los encargados de vigilar la divulgación, cumplimiento y aplicación de este Instrumento Referencial de honorarios mínimos y las dudas que ocasione su inaplicabilidad serán resueltas por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.
- Aprobado: 03 de febrero de 2018.
- Vigencia: A partir del 03 de febrero de 2018.
- Instrumento referencial nacional de honorarios mínimos
Agradecemos publiquen ese documento referencial ya que es de ayuda a nosotros los contadores independiente. gracias.
Saludos cordiales hacer clic en el siguiente link http://blog.solucioneslmv.com/wp-content/uploads/2018/02/Reglamento-Referencial-HM-de-contadores-publicos.pdf
DEFINITIVAMENTE DEBEN COLOCAR LOS HONORARIOS EN BASE A UN PORCENTAJE Y RELACIONADO CON LAS ACTIVIDADES Y OPERACIONES REALIZADAS Y NO MONTOS FIJOS YA QUE LA INFLACIÓN LOS DEJARA ATRAS EN MUY POCO TIEMPO, OTRA FORMA SERIA UTILIZAR UN PROMEDIO DE COSTOS INTERNACIONALES CNSIDERANDO VARIOS PAISES Y COLOCAR EL MOTO REFERENCIAL EN UNA MONEDA DURA, POR EJEMPLO EN COLOMBIA UN BALANCE TIENE UN PRECIO EN PESOS, EN ECUADOR EN DOLARES, Y ASI EN VARIOS PAISES, SE HACE UN PROMEDIO DE LOS MISMOS Y SE COLOCA REFERENCIADO EN MONEDA DURA Y SI EL GOBIERNO SE PONE NECIO SE COLOCA EN EQUIVALENTES DE PETROS QUE NO ES MAS QUE BARRILES DE PETROLEO CON SU PRECIO INTERNACIONAL QUE ES EN DOLARES. DEBEMOS SER MAS CREATIVO Y UTILIZAR LA EXPERIENCIA DE OTROS PAISES QUE FUERON IPERINFLACIONARIO.