Normas que rigen el proceso de reconversión monetaria en Venezuela: Vigente a partir del 14 de agosto de 2018

La presente Resolución tiene por objeto regular los aspectos relacionados con el proceso de reconversión monetaria, establecido en los Decretos dictados por el Presidente de la República en el marco del Estado de Excepción y de Emergencia Económica, mediante los cuales se decreta la Reconversión Monetaria, su entrada en vigencia y la nueva expresión de la unidad monetaria nacional para la Reconversión Monetaria. Esta contiene:

  1. De la cocirculación de especies monetarias
  2. De la doble expresión de precios de bienes y servicios
  3. Normas aplicables al cheque en el proceso de reconversión monetaria
  4. Preparación de los Estados Financieros
  5. Aspectos comunicacionales de la reconversión monetaria
  6. Apoyo y colaboración de los entes y órganos de los Poderes Públicos en el proceso de reconversión monetaria
  7. De la adecuación tecnológica en el proceso de reconversión monetaria

Se deroga la Resolución N° 18-03-01 del 27 de marzo de 2018, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.387 de fecha 30 de abril de 2018. (Art.26)

  • RESOLUCIÓN N° 18-07-02 BCV
  • Vigencia: a partir del 14 de v de 2018 (Artículo 27)
  • Publicado: 14 de agosto de 2018.
  • RESOLUCIÓN N° 18-07-02

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